fbpx
Sus resultados de búsqueda

Respuesta a una seguidora: “Terminación anticipada de un contrato de alquiler”

Publicado por ilonkacastillo en agosto 26, 2016
| 0
periodico dominicano Compre su vivienda en cinco pasos

Compre su vivienda en cinco pasos

Hola a todos, en esta ocasión queremos contestar a una inquietud que nos llegó de nuestra seguidora, Sra. Peña, ella nos escribe lo siguiente:

“Buenas tardes!, vivo alquilado en un apartamento con mi esposo, ya llevo 6 meses viviendo allí pero ahora me quedé sin trabajo y se nos hace un poco difícil a mí y a mi esposo y a mi todos los gastos y el pago del alquiler, además de eso tenemos una bebe de 2 meses.  Tengo un contrato por un año pero como no tengo trabajo mi mamá me dijo que podríamos mudarnos en su casa hasta estar estables. El contrato está a mi nombre y me gustaría saber si hay alguna ley que me ampara en este caso, ¿qué podría hacer?, ¿puedo mudarme?, me gustaría que me ayudaran en esto. Gracias de antemano”.

Respuesta

Muchas gracias a usted señora Peña por consultarnos, créame que es una situación que se presenta más a menudo de lo que creemos.  Ya sea por una situación financiera como la que usted expresa, o por una situación laboral como ocurre muchas veces (un traslado laboral), o en otras ocasiones tenemos serios problemas con algún vecino o simplemente nuestras condiciones cambian y necesitamos terminar un contrato de alquiler que aun no ha vencido, ¿Qué podemos hacer?.

Lo primero que le tenemos que decirle es que siempre es cauteloso buscar la opinión de un abogado pues cada contrato es diferente, sin embargo, a manera general me permito contestarle de acuerdo a mi experiencia.

Es importante que tenga en cuenta que un contrato es un documento muy serio en el cual tanto el propietario como el inquilino asumen responsabilidades. En este caso, si firmó un contrato donde se responsabiliza a pagar un alquiler por el termino de un año y no existe ninguna cláusula que le permita terminarlo con anterioridad, pues a mi entender, usted “legalmente” está obligado a pagar el resto del término del contrato, aún cuando no viva en esa casa o apartamento.

Sin embargo, también recuerde que los contratos se realizan entre seres humanos, básicamente entre un propietario y un inquilino, por lo tanto siempre tendrá la oportunidad de conversar y/o negociar una salida salomónica de la situación.

Ahora bien, si tiene un contrato por una año y su propietario es intransigible, y lo lleva a términos judiciales, civilmente es probable que se quede con una deuda equivalente al resto del año que no pago, y tal vez algún tipo de condenación por rompimiento, sin embargo, en la mayoría de los casos, como dije, se le busca alguna otra solución.

Como los contratos son firmados entre dos partes, si estas partes se ponen de acuerdo en terminarlo o rescindirlo no existirán otros problemas.

En el caso de existir una cláusula en el contrato donde claramente se indica que podrá dejar o rescindir ese contrato con una penalidad determinada (en la mayoría de los casos uno o dos meses de alquiler) pues la situación es tan simple como informarle por escrito al propietario que se ajustará a esta clausula.

Mi recomendación en su caso, es que le explique honesta y sinceramente a su propietario su condición y negociar con este.

Existen muchas formulas de negociación, por ejemplo, seguramente al momento del inicio del contrato usted realizó un depósito de dos meses como forma de asegurar el estado del inmueble, si el inmueble está en el mismo estado en el cual usted lo alquiló, y tomando en cuenta de que ya usted ha vivido y pagado por 6 meses de alquiler, pues le recomendaría que le proponga a su propietario dejar estos depósitos como compensación y a la vez que este pueda proceder a alquilarlo a un nuevo inquilino.

Sus derechos como inquilino son muchos, de acuerdo a las leyes existentes en la República Dominicana, aunque estos no lo eximen jamás del pago, sin embargo, entrarse en un problema legal en estos momentos no es lo más recomendable.

En otro orden y para el futuro, siempre sugerimos incluir en los contratos de alquiler una cláusula de terminación donde claramente se indique una forma de salida del mismo aun cuando esto implique una penalidad económica.

Esperamos haberle dado luz a su situación, no pierda las esperanzas, que todos pasamos por momentos difíciles y siempre existe una salida.

Para lo que necesite recuerde que siempre estamos A Su servicio!, no olvide de enviarnos sus inquietudes a ilonkac@aol.com. ¡Bendiciones!.

Deja un mensaje

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.